El impuesto de circulación, conocido formalmente como el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) aunque antiguamente se le llamaba “el sello”, es un impuesto directo, establecido anualmente y obligatorio que deben abonar los propietarios de un vehículo. Sirve para gravar la titularidad de los vehículos matriculados que son aptos para circular por la vía pública. Este impuesto se aprobó en nuestro país en enero de 1990 y son los ayuntamientos los encargados de recaudarlo. Según el Race, actualmente se calcula que el IVTM representa el 4,61% del volumen total de ingresos de los municipios, superando los 2.000 millones de euros al año. A continuación, te explicamos todo lo que debes saber sobre el impuesto de circulación.
¿Qué Vehículos deben Pagar el Impuesto de Circulación?
Contenidos
Todos los vehículos matriculados en España deben pagar este impuesto, incluso los que tienen permisos temporales de circulación o matrícula turística. El responsable de hacer el pago es el propietario del vehículo, aunque lo utilice otra persona. No obstante, están exentos de pagar el impuesto de circulación los vehículos oficiales del estado, diplomáticos o bien los de la policía local o los de representantes diplomáticos.
Tampoco pagarán el impuesto de circulación los vehículos como ambulancias y los vehículos para personas de movilidad reducida con un grado igual o superior al 33%. Los vehículos destinados al transporte público urbano con más de nueve plazas como autobuses y microbuses. La maquinaria agrícola con Cartilla de Inspección Agrícola. Tampoco deben pagar el impuesto de circulación los remolques y semirremolques cuya carga útil sea inferior a 750 kg.
Algunos ayuntamientos de grandes ciudades ofrecen bonificaciones a conductores de vehículos poco contaminantes en el impuesto como medida para fomentar el uso de medios de transporte limpios.
¿Cuándo y cómo se paga el IVTM?
La obligatoriedad de pagar este impuesto comienza el primer día de cada año. Salvo execepciónes, al comprar un vehículo nuevo deberemos pagar los trimestres restantes y si es usado, en teoría deberá haber pagado el vendedor. Establecer un periodo exacto de pago del complicado, ya que cada Comunidad Autónoma establece las fechas de pago y los ayuntamientos los encargados de cobrarlo, por lo tanto, de establecer el importe o la fecha de pago.
Estas son las principales formas de pagar el impuesto de circulación:
- Domiciliar el recibo en nuestra entidad bancaria para que lo carguen anualmente. El recibo lo cargarán el último día de pago voluntario.
- Abonar personalmente el importe el banco después de recibir en casa una carta de pago del ayuntamiento, en muchas ocasiones es posible hacer el pago en cajeros automáticos.
- Pagar mediante internet desde casa o por una aplicación del teléfono móvil.
Impuesto de Circulación ¿Cuánto se paga?
El importe del impuesto de circulación varía de una localidad a otra. Además, los vehículos pagan en función de distintos aspectos:
El tipo de vehículo, cada uno de ellos paga de forma distinta a turismos, autobuses, motocicletas, camiones, tractores y remolques.
La potencia del vehículo: Delimitadas por la potencia fiscal.
Las emisiones contaminantes: los vehículos que contaminan más son penalizados mientras los más limpios incluso están exentos en algunas localidades.
Otras exenciones o bonificaciones en el pago del IVTM son:
- Hasta el 100% para los vehículos catalogados como históricos con más de 25 años.
- Hasta el 75% en vehículos limpios, dependiendo de la clase de carburante y su incidencia en el medioambiente.
- Hasta el 50% para los vehículos matriculados en Ceuta y Melilla.
Una picaresca utilizada por empresas propietarias de grandes flotas, como empresas de renting o alquiler, es establecer oficinas en pequeñas localidades donde el precio del impuesto es muy reducido. Las más llamativas son localidades como Aguilar de Segarra con 250 habitantes y un parque móvil de 62.000 vehículos.
Turismos:
- Potencia fiscal inferior a 8 (10,88 CV) 20 €
- De 8 hasta 11,99 (hasta 16,30 CV) 59 €
- De 12 hasta 15,99 (hasta 21,74 CV) 129 €
- De 16 a 19,99 (hasta 27, 18 CV) 161 €
- De 20 en adelante (desde 27,19 CV) 202 €
Turismos:
- Potencia fiscal inferior a 8 (10,88 CV) 23,47 €
- De 8 hasta 11,99 (hasta 16,30 CV) 64,06 €
- De 12 hasta 15,99 (hasta 21,74 CV) 136,69 €
- De 16 a 19,99 (hasta 27, 18 CV) 172,05 €
- De 20 en adelante (desde 27,19 CV) 217,28 €
Turismos:
- Potencia fiscal inferior a 8 (10,88 CV) 12,62 €
- De 8 hasta 11,99 (hasta 16,30 CV) 34,08 €
- De 12 hasta 15,99 (hasta 21,74 CV) 71,94 €
- De 16 a 19,99 (hasta 27, 18 CV) 89,61 €
- De 20 en adelante (desde 27,19 CV) 112 €
¿Y si olvido pagar el Impuesto de Circulación?
En caso de olvidar hacer el pago del impuesto de circulación, el propietario del vehículo recibirá otro recibo de pago, pero esta vez con recargo. Si después de un tiempo continúa sin pagar, los intereses irán sumándose indefinidamente. Cuando alcance los 500 €, se iniciarán los tramites legales de embargo. El ayuntamiento o entidad gestora, puede embargar el importe en la cuenta bancaria, el vehículo u otros bienes.
Quizás te interese leer: ¿Pagan impuestos los influencers?