Ganancias Patrimoniales

Según la Ley 35/2006 del Impuesto de la Renta, la definición de Ganancias Patrimoniales: Las variaciones positivas en el valor del patrimonio del contribuyente por la alteración en su composición. Por lo tanto, los ingresos del trabajo, un alquiler o los dividendos de las acciones se califican como rendimientos, no influyen en el patrimonio. El resto de cambios patrimoniales se imputarán como ganancias y pérdidas de patrimoniales.

El cálculo sobre el Patrimonio es necesario actualizarlo a la hora de presentar el Impuesto de Patrimonio. El patrimonio de una persona lo compone la suma de sus bienes como vivienda, acciones de empresas, depósitos, etc. A estos bienes hay que descontar las cargas, por ejemplo la deuda por hipoteca que soporta una vivienda debe descontarse al valor patrimonial.

 

imagen ganancias o pérdidas patrimoniales
Las Ganancias y pérdidas patrimoniales reflejan el aumento o reducción en el patrimonio de una persona.

Ganancias Patrimoniales IRPF

A la hora de calcular las Ganancias Patrimoniales de IRPF, la norma indica que el patrimonio personal está compuesto por la suma de bienes, muebles e inmuebles. Si al finalizar el año fiscal, a la hora de presentar la Declaración a Hacienda, la suma de bienes se ha incrementado, por ejemplo al recibir una vivienda por una herencia, la venta de acciones con beneficios, los premios de loterías, las subvenciones, se considera que hay ganancia patrimonial.

Por otro lado, si hay una venta por ejemplo de acciones, al mismo precio al que adquirieron, no hay variación en el patrimonio. Si se venden acciones o participaciones de un fondo de inversión, a un precio inferior al de compra, supone una Pérdida Patrimonial.

Ejemplo de Ganancia Patrimonial: El señor Antonio compró acciones de la empresa XYZ en el año 2012 por 12 mil euros, las vende en 2020 por 15 mil euros. La ganancia patrimonial es de 3 mil euros, menos las comisiones de compra-venta.

Los ingresos por seguros de vida o invalidez se consideran como rendimientos de capital mobiliario o rendimientos de trabajo, no modifican el patrimonio.

También se considera ganancia o pérdida patrimonial cuando hay cambios en la composición de los bienes que produzcan cambios en el valor total. La ganancia patrimonial por la venta de un inmueble, cuando hay beneficio respecto al precio de compra, supone ganancia patrimonial. (Transmisión a título oneroso)

 

Exenciones al Cambio de Patrimonio

  • Existen ciertos ingresos que están exentos de tributación o cuando tributan con otro impuesto, por ejemplo: como rendimiento de trabajo como los premios en concursos científicos, literarios o artísticos, seguros de vida.
  • Así mismo los premios en loterías del Estado o Comunidades Autónomas y organizaciones como Cruz Roja u ONCE.
  • Se considera que no hay alteración patrimonial al disolver una sociedad en gananciales o el régimen de participación matrimonial. En la separación de comuneros de una comunidad de bienes. En realidad las partes son las mismas aunque pasen a estar desligadas.
  • Al efecto de transmisiones lucrativas (sin recibir nada a cambio) por fallecimiento del contribuyente. Igualmente cuando el donante transmite parte de una empresa, el receptor se subroga a la posición del donante en las participaciones y antigüedad.
  • No existe ganancia ni pérdida patrimonial en las reducciones de capital por compensación de pérdidas, condonación de dividendos pasivos o el aumento de las reservas de capital en una sociedad.
  • Transmisión lucrativa (gratuita) de una empresa o sus participaciones.
  • Las pérdidas debidas al consumo de bienes y servicios.
  • Pérdidas en el juego que superen los beneficios.

 

El cambio de valor en una propiedad, no supone una alteración en el conjunto del patrimonio (hasta su venta)

Valoración de Nuevos Activos Patrimoniales

Serán valoradas por el valor normal de mercado o parte proporcional, excepto las variaciones patrimoniales que consistan en transmisiones. En el caso de premios en especie, se estimará a razón del valor de mercado de la retribución en especie y se le añadirá el importe del ingreso a cuenta no repercutido al beneficiario (impuesto correspondiente)

 

Cuando el importe obtenido de la venta de acciones de empresa o participaciones en fondos de inversión colectiva, se destinen a nuevas inversiones en productos de la misma índole, no se computarán ni la venta ni la compra y conservarán la antigüedad de las iniciales.

 

Ganancias o Pérdidas Patrimoniales y el IRPF: Exenciones

Venta de la vivienda habitual: En el caso de contribuyentes mayores de 65 años o con dependencia severa.

Dación en pago de la vivienda habitual: Para el deudor o garante del deudor con el fin de cancelar deudas hipotecarias avaladas con esa misma vivienda, con entidades de crédito reconocidas. De igual manera estarán exentas las ganancias patrimoniales cuando la vivienda que las genera, sea objeto de ejecución hipotecaria judicial o notarial.

Ganancias patrimoniales relacionadas con otros impuestos, como el de Sucesiones y Donaciones.

Cuando las ganancias patrimoniales se vuelven a reinvertir: Este supuesto requiere la venta de la vivienda habitual para la compra de otra vivienda para uso habitual.

En el caso de ganancias patrimoniales reinvertidas en rentas vitalicias. Se deberá indicar a la Agencia Tributaria los beneficios como renta vitalicia en el plazo de seis meses.

 

Declarar Dividendos del Extranjero U Obligaciones de Estado

Aunque a la hora de hacer la declaración, vendrán reflejadas la mayoría de transacciones, por diversos motivos algunas pueden no estar incluidas. Será nuestra obligación hacer el cálculo e incluirlo en la casilla correspondiente. Por ejemplo:

Venta de títulos de Renta Fija: Si los compró durante un ejercicio fiscal distinto al de venta, en el borrador vendrá reflejada la venta. Es obligación del contribuyente indicar el año de compra, el beneficio obtenido y los gastos asociados.

Cobro de Dividendos en el Extranjero: Dependiendo del país donde cotiza la acción o donde está hubicado el Broker o intermediario, es posible que esa información no haya llegado al fisco. Si al repasar el borrador, comprobamos que falta ese dato, tendremos que reflejarlo en la casilla 0029. Los datos a aportar son:

  • Importe de Dividendo Bruto
  • Impuesto retenido en el país de origen

El importe que nos han retenido en el país de origen es muy importante refrejarlo para evitar volver a pagar el impuesto dos veces. Por convenios internacionales, suele ser un 15%. En la casilla 588 debemos indicar el porcentaje pagado en el país de origen, y solo tendremos que abonar la diferencia que corresponda según nuestros ingresos.

 

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Dación en Pago

A principios del año 2015 entró en vigor la Ley llamada de segunda oportunidad creada con el objetivo de frenar el aumento de ejecuciones hipotecarias, en aquel momento disparadas. El objetivo principal de la Ley era dar una salida a los particulares deudores de hipoteca. Veamos algunos detalles sobre la dación en pago.

imagen dación pago
La dación en pago es el último recurso en caso de impago de hipoteca

Qué es Dacion en pago

La dación en pago es la medida más importante de la Ley, porque fue solicitada por varios colectivos de usuarios y es gracias a ella por la que la deuda queda saldada con la entrega de la vivienda al banco. Un importante dato a tener en cuenta es que en la mayoría de los casos, la deuda supera en mucho al valor de la vivienda.

 

Sin embargo, aunque el espíritu de la Ley es dar una solución a miles de familias “atrapadas” bajo el peso de una hipoteca a la que no pueden hacer frente, en la práctica solo pueden acogerse a ella bajo unos estrictos criterios y como última opción. El código de buenas prácticas bancarias establece que, estas medidas solo afectan a hipotecas de primera vivienda usadas como vivienda habitual. No deben tener una segunda vivienda y debe tratarse de familias en riesgo de exclusión social. El orden en el que se aplicarán las medidas será:

Reestructuración de la deuda:

  1. Al afectado se le propondrá un periodo de carencia en el que solo pagará los intereses de la mensualidad, quedando el capital aplazado.
  2. Durante ese periodo, el tipo de interés será más asequible, quedando fijado en el Euribor +0,25. Muy por debajo de habitual en el mercado.

 

Hacer una Quita en la Hipoteca

En este caso, la entidad financiera asume la perdida de una parte del capital con el fin de permitir al deudor afrontar el resto de la hipoteca y acercar la deuda al valor real de la vivienda. Se establece un porcentaje de, al menos un 60% en la cuota mensual sobre los ingresos para poder solicitar la quita.

 

La Dación en Pago

En caso de no poder aplicarse las medidas anteriores, se recurriría a esta dación en pago. La entidad bancaria se convierte en propietaria de la vivienda condonando la deuda. Además, el antiguo hipotecado puede permanecer en la vivienda durante dos años, pagando un alquiler. La cuota de este alquiler será del 3% de la deuda saldada.

 

Los requisitos más importantes para poder negociar son:

  1. Durante los cuatro años anteriores al momento de la solicitud, la unidad familiar debe haber sufrido una alteración significativa de sus circunstancias en términos económicos que supongan circunstancias de especial vulnerabilidad.
  2. Que los ingresos totales de la unidad familiar no supere en tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples de catorce pagas anuales. IPREM

 

Otro requisito es que el importe de la deuda no supere los 200.000 euros en localidades con más de un millón de habitantes, 180.000 euros en localidades con más de medio millón de habitantes, 150.000 euros en localidades con más de cien mil habitantes y 120.000 euros en localidades con menos de cien mil habitantes. Debemos tener en cuenta que este procedimiento se trata de una negociación entre la entidad bancaria y el propietario de la vivienda.

 

En caso de no llegar a acuerdo las dos partes, la entidad bancaria iniciará el procedimiento de ejecución, que en muchos casos queda suspendido o bien la vivienda subastada se equipara a la dación en pago. En este supuesto es muy recomendable solicitar asesoramiento legal por parte de abogados especializados.

 

Limitaciones a los intereses de demora

Los intereses de demora que se aplican durante los días o semanas de retraso en el abono de las cuotas hipotecarias, quedan limitados con un máximo del 2,5% (anteriormente se daban casos del 20%)

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Rendimientos del Trabajo

Los rendimientos sobre el trabajo íntegros los constituyen todos los ingresos, en dinero o especie, derivados de una contraprestación del trabajo personal derivada de una relación laboral. También se consideran rendimientos del trabajo íntegros las prestaciones sociales, como la prestación por desempleo. En base a la suma de estos rendimientos del trabajo, se paga el impuesto de la renta.

Ejemplos de ingresos por rendimientos del trabajo

  • Sueldos y salarios.
  • Prestaciones por desempleo, clases pasivas, seguros de dependencia, etc.
  • Remuneraciones por gastos de representación.
  • Ingresos procedentes de planes de pensiones.
  • Gastos en viajes de trabajo, excepto transporte y habituales de manutención.
  • Seguros de dependencia.
  • Rendimientos por obras de arte, literarias, artísticas o científicas, cuando los derechos de explotación sean cedidos a otra persona o empresa.
  • Los ingresos compensatorios recibidos del cónyuge y las mensualidades por alimentos. Excepto las percibidas por los padres en virtud de decisión judicial, las cuales están exentas.
  • Haber recibido ayudas por becas, cuando no son exentas.
  • Recibir ayudas por organizaciones sin ánimo de lucro con fines humanitarios o asistencia social.
imagen rendimientos de trabajo
Ingresos por rendimiento de trabajo

Ingresos en metálico

La forma más habitual de recibir los rendimientos del trabajo es por ingresos en metálico. Se tendrá en cuenta el importe total en bruto. En trabajadores por cuenta ajena habrán “sufrido” (sic) retenciones en las nóminas, en un porcentaje variable según su situación personal. En algunos casos trabajadores autónomos, al emitir una factura a otro autónomo o empresa, soportarán una retención del 15% como pago a cuenta del impuesto de la renta a la Agencia Tributaria.

 

Ingresos en especie

En caso de una empresa ceda el uso de un bien o servicio a un empleado como parte del sueldo, se considera como renta en especie. El uso, consumo u obtención, con fines particulares, de bienes, derechos o servicios a precio inferior al normal de mercado, de forma gratuita, sin importar que no supongan un gasto real para el que las emite, se considera rendimiento de trabajo.

En caso de que el emisor de rentas (empresario) entregue dinero en metálico para la adquisición de estos bienes o servicios, se imputará como renta dineraria.

 

Reglas de valoración por rendimientos en especie

Las rentas en especie se tasarán por su valor de mercado, incrementado al ingreso a cuenta en dinero. En caso de que el pagador haya repercutido el importe en especie del pago en metálico, se descontará del mismo. Todas estas se consideran rendimientos del trabajo.

Pago en especie por utilización de vivienda: La valoración del pago será el resultado de aplicar el 10% anual al valor catastral de la vivienda. Si el catastro está actualizado, se aplicará un 5% anual al valor de la vivienda.

Pago en especie por la utilización o entrega de vehículos automóviles: En caso de entrega, se computará el valor del coste para el pagador. En caso de uso, se aplicará un 20% anual sobre el precio de adquisición. Independientemente de la propiedad, se calculará en base al valor de mercado actual.

En caso de vehículos eficientes energéticamente, podrá reducirse el importe entre el 15 y 30%.

Préstamos de dinero: Siempre que se aplique un tipo de interés igual o superior al legal vigente (3% 2019) no se considera pago en especie. En caso de ser inferior, se aplicará la diferencia hasta el precio del dinero oficial vigente.

Pago de viajes, manutención y hospedaje. Todos los supuestos no incluidos en las excepciones, se valorarán por el coste para el pagador, incluidos los impuestos relacionados.

Cuotas o primas por la contratación de seguro médico: Se valorarán por el valor satisfecho por el pagador, incluidos los impuestos.

Pago sobre gastos de estudios y manutención: Cuando el beneficiario sea el contribuyente o sus familiares hasta el cuarto grado de parentesco, le serán imputados los importes con el valor de costo para el pagador. Quedan exentos los cursos de capacitación o reciclaje necesarios para el desempeño del puesto de trabajo que les relaciona.

Planes de pensiones: Los importes satisfechos sobre planes de pensiones o seguros de dependencia, por el importe satisfecho por el pagador.

 

Situaciones excluidas como pago en especie

Acciones de la propia empresa: Siempre de manera gratuita o precio inferior al de mercado, con un límite de 12.000 euros.

Cursos de capacitación o reciclaje: Cuando sean necesarios para la realización del trabajo.

Economatos o comedores de empresa: Se consideran como entrega de productos a precio rebajado con un límite de 9€ diarios.

Dietas por desplazamiento: Dentro de los supuestos especificados y únicamente para resarcir los gastos acarreados en función del trabajo desarrollado en otro emplazamiento.

Seguros de enfermedad: Cuando sea el trabajador, cónyuge y descendientes los beneficiarios con un importe anual de hasta 500€ o 1.500€ para personas con discapacidad. El exceso se considerará como pago en especie.

 

Gastos deducibles en rendimientos de trabajo

Con un límite de 300€ anuales, para gastos jurídicos relacionados con litigios relacionados entre el empresario y la persona que recibe el salario.

Cuando la colegiación tenga carácter obligatorio para el desempeño del trabajo, las cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas Instituciones, con el límite de 500€ anuales.

Contribuciones a organismos benéficos como colegios de huérfanos o entidades similares.

Las retenciones por derechos pasivos.

Las cotizaciones a la Seguridad Social o a mutualidades generales obligatorias de funcionarios.

Cuotas a sindicatos.

Pago de cuotas a Colegios Profesionales, si se exige para ejercer la profesión.

 

Otros gastos deducibles

Se podrán deducir en concepto de otros gastos y con carácter general hasta 2.000€ anuales de los rendimientos del trabajo.

Dicha cantidad se podrá aumentar en las siguientes situaciones:

  1. Desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que implique el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio se incrementará dicha cuantía, en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia más el siguiente, hasta 2.000 euros anuales adicionales.Este incremento del gasto deducible solo es aplicable al rendimiento neto de trabajo del nuevo puesto de trabajo aceptado.
  2. Tratándose de personas con discapacidad que obtengan rendimientos del trabajo como trabajadores activos, se incrementará dicha cuantía hasta en 3.500 euros anuales. Dicho incremento será hasta de 7.750 euros anuales, para las personas con discapacidad que siendo trabajadores activos acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento.Este incremento del gasto deducible solo es aplicable a la parte del rendimiento neto de trabajo como trabajador activo con discapacidad.

En este supuesto se considera personas con discapacidad a los contribuyentes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

El grado de discapacidad deberá acreditarse mediante certificado o resolución expedido por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales o el órgano competente de las Comunidades Autónomas. Así mismo este organismo, acreditará la necesidad de ayuda de terceras personas para desplazarse al puesto de trabajo o desempeñar el mismo.

 

Deducciones Generales

Un contribuyente cuyos ingresos netos (después de aplicar retenciones e impuestos ineludibles) del trabajo no alcancen los 16.825€ y no tenga otros ingresos que superen los 6.500€, podrá aplicarse deducciones de 5.565€ en caso de ingresos de trabajo inferiores a 13.115€ anuales.

Para trabajadores con ingresos anuales entre 13.115 y 16.825€, la deducción será el resultado de restar a los ingresos obtenidos la cantidad de 13.115, el resultado generado se multiplica por 1,5 cuya cifra resultante se resta a 5.565€.

Cuando se trate de rendimientos del trabajo obtenidos en las ciudades de Ceuta y Melilla y se beneficien del la deducción prevista, se reducirán en un 60% en el pago del Impuesto de la Renta.

 

Aplicación de retenciones a cuenta

Un 15% para los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación.

Para los atrasos que correspondan imputar a ejercicios anteriores un 15%, excepto para rendimientos por la condición de administradores y miembros en consejos de administración.

 

Tributar como IRPF o IAE

Los trabajadores que perciban un sueldo o salario por parte de un empresario o bien una prestación por desempleo, tributarán por medio del Impuesto de la Renta. Mientras los trabajadores por cuenta propia, con una relación empresarial de forma independiente, los rendimientos obtenidos tributarán mediante el Impuesto de Actividades Económicas.

 

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IVA: Impuesto Valor Añadido

El IVA (Impuesto de Valor Añadido) es un gravamen que se aplica a los productos o servicios en el momento de realizar el pago. Normalmente, los precios que vemos en los comercios ya lo llevan incluido. En España la tarifa general del IVA es del 21% y es aplicable tanto a bienes como servicios. Es un impuesto indirecto, solo se paga si adquirimos un producto o servicio.

Las entregas de bienes y prestaciones de trabajos efectuadas por empresarios o profesionales, a particulares, entre distintos países comunitarios, también están sujetos al impuesto de IVA.

Una vez cada trimestre, se hace la declaración de IVA. Todas las personas jurídicas o naturales (empresas o autónomos) que vendan productos o presten asistencia gravados con IVA, deben realizar una declaración de impuestos, donde se refleje todo el IVA cobrado a sus clientes y el pagado a los proveedores. El saldo es el que debe entregar a la Agencia Tributaria.

imagen impuesto del valor añadido
El IVA es uno de los impuestos más importantes y controvertidos

Tipos de IVA en España

Este impuesto, que se cobra en el momento de la realización, consumo o compra, de productos, trabajos, transacciones comerciales o importaciones y cuyo valor depende del monto de la transacción, así como del producto o mercancía, ya que existen tres tipos de IVA según su relevancia.

 

  IVA superreducido 4%

– Aplicable a productos considerados de primera necesidad como: leche, pan común, cereales, frutas, verduras, huevos, queso, hortalizas.

– Libros, periódicos y revistas. Con limitación en contenido de publicidad.

– Medicamentos.

– Vehículos para movilidad de personas con movilidad reducida.

– Prótesis e implantes dentales para personas con discapacidad.

– Prestación de asistencia a personas dependientes, mediante empresa.

– Arrendamientos con opción a compra de viviendas o aparcamientos en viviendas de protección oficial.

– Trasformación o reparación de vehículos para personas con movilidad reducida.

 

IVA reducido 10%

– Excepto bebidas alcohólicas y tabaco, todos los alimentos para personas y animales no incluidos en el apartado anterior.

– Agua para el consumo de personas o animales o para el riego.

– Anticonceptivos y productos de higiene íntima.

– Material médico, instrumentos para el tratamiento de deficiencias físicas o intelectuales.

– Servicios de intérpretes, actores, cantantes, directores.

– Servicios de limpieza en las vías públicas, parques y jardines.

– Venta de flores, plantas, semillas, bulbos y derivados.

– Transporte de viajeros y sus equipajes.

– Los edificios o partes de los mismos que se usen como viviendas, incluidas las plazas de garaje.

– Obras de restauración y renovación en edificios de viviendas.

Servicios de hostelería, restaurantes, etc. 

– Entrada a espectáculos culturales como museos, cines, teatros, conciertos, galerías de arte.

– Recogida y tratamiento de la basura, tratamiento de aguas residuales.

– Alquileres con opción de compra destinado a vivienda.

IVA General 21%

El tipo general se aplica a cualquier producto o servicio no exento y no recogido en los apartados anteriores.

 

Cómo Calcular el IVA

Calcular el IVA

Para calcular el IVA debemos saber el tipo de porcentaje aplicable.

Ejemplo de IVA al 4%: Queremos añadir el 4% a 75€. Sería dividiendo 4/100=0.04 y ahora multiplicar por 75: 0.04*75=3 euros de IVA

En el caso de IVA al 10%: Calcular el 10% de 75€. Dividimos 10/100=0,10 y multiplicamos por 75: 0,10*75= 7,5 euros de IVA

Calcular el IVA general al 21% de 75€: 21/100= 0,21 y multiplicamos por 75: 0,21*75= 15,75 euros de IVA

Servicios exentos del impuesto de IVA

Existen sectores exentos del pago de IVA, donde la Agencia Tributaria no exige añadir recargos. Por ejemplo el sector de la educación pública o privada presencial, las clases privadas sobre materias del sistema obligatorio y la atención a niños en el centro escolar, fuera del horario lectivo.

Los servicios profesionales de literatos, artistas gráficos, escritores, servicios sanitarios y la atención a personas mayores o dependientes.

No pagan impuesto del IVA la prestación de servicios financieros, aseguradoras, arrendamientos y la venta de terrenos rústicos no edificables.

 

Preguntas frecuentes sobre IVA

Descargar Modelo 303 IVA

¿Cuál es el IVA restaurantes?: En la actualidad el IVA para la restauración es al tipo 10%.

¿Hay IVA Canario?: Se llama IGIC y tiene porcentajes más bajos. Reducido al 3%, general al 7%, incrementado 9,5%, especial incrementado 13,5% y tipos especiales 20 y 35%.

¿Qué son Sujetos pasivos de IVA?: Empresas o autónomos al recaudar el IVA. También se trata de repercutir el IVA.

¿Qué es IVA Intracomunitario?: Los autónomos y empresas dados de alta en el ROI, están exentos de pagar IVA en las facturas entre países de la Unión Europea.

Declaración trimestral de IVA: Mediante el formulario modelo 303, se declara el IVA soportado y repercutido durante el trimestre.

¿Qué es el Número de IVA?: Se trata del número de identificación fiscal asignado al contribuyente. En España se añade ES al comienzo del NIF.

¿Cuál es el IVA para reformas?: Las reformas y la construcción tributan con un IVA del 10%.

¿Cómo Quitarle el IVA a un precio?: Ejemplo, quitamos el 21% a 300€: 300*0,21= 63€ de IVA. (237 + 63= 300)

¿Cuál es el IVA de taxis?: Los taxis aplican un IVA del 10%.

IVA de coches: Para los coches el IVA es del 10%, excepto para personas con movilidad reducida.

¿Cuánto IVA para pisos nuevos? Los pisos están bajo el 10% excepto los de protección oficial, en ese caso al 4%.

IVA peluquerías: Las peluquerías aplican el tipo general al 21%.

IVA diferido: Las empresas importadoras de bienes desde países extracomunitarios, pueden aplazar el pago hasta el final de cada trimestre.

Seguros ¿tienen IVA?: Los seguros pertenecen a los productos exentos de IVA.

El IVA para el alcohol: El alcohol no está considerado como un alimento, por lo que tributa al 21%.

IVA para el aceite: Como alimento, el aceite tiene un recargo del 10% de IVA.

El IVA de la telefonía: Los servicios relacionados con la telefonía están con el tipo general, al 21% de IVA.

 

Pagar el IVA para Autónomos

Los profesionales autónomos están obligados a hacer trimestralmente el pago del impuesto de valor añadido (IVA) mediante la presentación del modelo 303.

El importe dependerá de la diferencia entre compras y ventas:

IVA repercutido: el que ha cobrado a sus clientes. (ingreso)

IVA soportado: el que ha pagado a sus proveedores de materiales o servicios. (gasto)

El importe a pagar a la Agencia Tributaria cada trimestre será el resultado de lo ingresado menos lo entregado: Repercutido menos soportado. Normalmente será positivo, en caso de balance negativo, se puede solicitar la devolución del importe en la presentación anual, hasta el día 20 del mes de enero, mediante el modelo 390.

 

El IVA en Operaciones Intracomunitarias

En caso de empresas o profesionales, para comprar o vender bienes o servicios dentro de la Unión Europea, es recomendable darse de alta como operador intracomunitario. La forma de obtener el número de identificación, ROI, es mediante los formularios, modelo 036 o 037 en la Agencia Tributaria.

En las compras y ventas entre profesionales o empresas, dentro de la UE, no hay que aplicar el IVA en la factura.

Si tanto el emisor como el receptor son profesionales y están registrados como operadores intracomunitarios, las facturas estarán exentas del Impuesto de Valor Añadido.

Antes de emitir la factura, es recomendable cerciorarse de que el receptor tiene número ROI. Desde la web de la Agencia Tributaria, podemos acceder al registro de operadores intracomunitarios. En caso de no figurar el comprador, la factura llevará el impuesto IVA habitual.

Por otra parte, en el país de destino, el receptor de los bienes materiales o servicios, recibirá esta factura sin IVA y tendrá que hacer una autoliquidación, en España mediante el Modelo 349. A efectos contables debe contabilizarse como IVA soportado y repercutido.

Esta normativa especial supone una importante ventaja competitiva y facilita el comercio dentro de la Unión Europea.

Otra excepción de IVA interesante es para los profesionales de la agricultura, ganadería o pesca a la hora de hacer adquisiciones de material necesario en el desarrollo de la actividad.

También es posible solicitar la devolución de IVA soportado durante viajes en países Comunitarios, por gastos profesionales como transporte y hospedaje. Algunos países ofrecen la posibilidad de solicitarlo.

 

Tributar con IVA en operaciones Extracomunitarias

Si se trata de una compra, realizaremos una autoliquidación del impuesto.

En caso de una exportación, estará exenta del impuesto de IVA.

 

Vea también sobre el IVA diferido a la importación

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas | IRPF

Mediante este impuesto de la renta tributan los residentes en España como personas físicas, es un impuesto directo a las personas. Este tributo anual, grava el aumento de patrimonio en dinero o bienes durante cada periodo fiscal. Para calcular el importe se tiene en cuenta la situación personal de cada contribuyente. Por ejemplo algunos factores que influyen en cuanto ha de pagar una persona son: si son rentas por trabajo o provienen de pensión, si tiene hijos o padres dependientes a su cargo, si tiene alguna discapacidad son variables individuales a la hora de calcular la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF.

 

Declaracion de la Renta

Las retenciones del IRPF son pagos a cuenta (por adelantado) hasta el momento de presentar la declaración total del año, la Declaración de la Renta, momento en que se ajusta si esas aportaciones han sido suficientes o por el contrario se debe hacer un pago complementario.

 

Las retenciones debe hacerlas el pagador, en caso de no hacerlo será obligado a reponer el importe no retenido. El supuesto más habitual son las retenciones de una empresa a sus empleados en la nómina, pero también puede ser de una empresa a un trabajador autónomo. En ese caso, la empresa contratante, aplicaría una retención en el importe de la factura.

imagen impuesto sobre la renta
En el cálculo del IRPF influyen variables personales.

Tramos de retenciones IRPF para empleados

 

La base imponible, es decir, el importe sobre el que se calcula cuanto ha de pagar el contribuyente en el impuesto de la renta, se compone de las distintas fuentes de ingresos que tenga:

Lo más habitual es que se trate de un trabajador por cuenta ajena, y tenga rendimientos dinerarios como contraprestación en la empresa donde trabaja.

Rendimientos por capital mobiliario: Productos financieros, cobro de algunos tipos de pensiones, etc.

Los rendimientos procedentes de capital inmobiliario: cobro de alquiler de viviendas o locales. Venta de propiedades inmobiliarias (con beneficios)

El rendimiento del trabajo en actividades empresariales, propietarios de una empresa.

El concepto de impuesto progresivo se expresa en la forma en la que se aplican los tramos. Por ejemplo, una persona que tenga unos ingresos anuales de 30.000€ pagará un 19% por los primeros 12.450€, un 24% por los siguientes 7.750€ y un 37% por los siguientes 9.800€ (sin tener en cuenta otros factores)

 

Base liquidableTipo estatalAutonómicoTotal
0 hasta 12.450,00 euros9,50%9,50%19%
Los siguientes 7.750,00 euros12,00%12,00%24,00%
Los siguientes  15.000,00 euros15,00%15,00%30,00%
Los siguientes 24.800,00 euros18,50%18,50%37,00%
En adelante (a partir de 60.000 euros)22,50%22,50%45,00%

* La tabla expresa el valor general para la columna de tipo autonómico. Cada comunidad regula un porcentaje como las deducciones.

Rentas Exentas del IRPF

La Ley tiene unos supuestos en cuyo caso el contribuyente no está obligado a presentar su Declaración de la Renta. Los principales son:

Trabajadores con salario bruto inferior a 22.000€. Si provienen de un solo pagador o son prestaciones pasivas (algún tipo de pensión o seguro)

El límite se fija en 12.000€. Cuando hay más de un pagador y el importe del segundo o siguientes alcance los 1.500€.

Al recibir pensiones del cónyuge no exentas.

Cuando el pagador no ha aplicado las retenciones.

Rendimiento de capital mobiliario: Con un importe exento de tributar en los primeros 1.600€.

Rentas de origen inmobiliario: Con un valor máximo de 1.000€ para venta o alquiler de viviendas o locales, subvenciones para VPO, Letras del Tesoro.

 

Retenciones del impuesto de la renta en acciones de bolsa

Otro ejemplo de retenciones es con los productos financieros, los depósitos bancarios o los dividendos de las acciones en bolsa, están sujetos a retención. Cuando hay reparto de dividendos, la entidad intermediaria ya sea bancaria o broker, retendrá el porcentaje correspondiente al importe mínimo. En 2019 es del 19%

  • De 1 hasta 6000€ – 19%
  • De 6001 hasta 50.000€ – 21%
  • Más de 50.001€ – 23%

*Porcentajes de retención por los beneficios de la compra-venta de activos financieros.

Por otro lado, por la compra y venta de acciones o fondos de inversión colectiva, no habrá retención. La liquidación íntegra de beneficios o pérdidas se hace en el momento de la Declaración de la Renta.

 

Para hacer el cálculo del importe impositivo, se tendrá en cuenta el precio de compra y venta de las acciones.

 

Si hubiera ganancias se compensan con perdidas si las hubiere y en ese caso se aplica el porcentaje correspondiente junto al resto de variables en la declaración. Las pérdidas en activos financieros, se pueden compensar a los beneficios hasta un 25% al año, hasta el cuarto año.

 

Retención IRPF para Autónomos

Según el tipo de actividad que ejercen, los profesionales autónomos están obligados o no a abonar retenciones fiscales. Los autónomos que ejercen actividades profesionales más basadas en la formación técnica y el intelecto, como médicos, ingenieros, abogados, notarios, agricultores, sí están obligados a anticipar el pago del IRPF mediante retenciones.

 

Por otro lado, los profesionales autónomos relacionados con actividades empresariales del tipo: peluquero, fontanero, electricista, transporte de mercancías, se engloban dentro del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) cuyo plazo de pago es del 16 de septiembre al 20 de noviembre en el año 2019.

 

Clasificación de actividades empresariales

Impuesto de la Renta para no Residentes

Las personas o entidades jurídicas no residentes pero que desarrollan una actividad profesional o comercial en cualquier parte del territorio nacional, están sujetos al IRNR. Impuesto de la Renta de NO Residentes.

Hay varios criterios para definir si un sujeto está bajo el IRPF, como residente o entra en IRNR como no residente:

  • Permanencia más de 183 días en el año natural.
  • Grueso de actividades económicas e ingresos localizados en el país.
  • Lugar de residencia de cónyuge e hijos menores.

Las personas físicas que se trasladen por trabajo a un paraíso fiscal, contribuirán con el impuesto de la renta durante el año de vigente y los 4 siguientes.

Los tipos aplicables por rendimientos de trabajo son:

  • Desde 0 hasta 6.000 €: 19%
  • Entre 6.000 € hasta 44.000 €: 21%
  • A partir 50.000 € en adelante: 23%

Será el interesado el que deba comunicar a la Agencia Tributaria su deseo de tributar en la renta mediante este régimen especial. Dispone de un plazo de seis meses desde el inicio de la actividad en territorio nacional para hacer el trámite.

 

Representante del contribuyente

Con el propósito de garantizar las comunicaciones con el contribuyente no residente en el país, los beneficiarios de la tributación del IRNR, deben designar a una persona jurídica o física con residencia establecida en España, para que les represente ante la Agencia Tributaria.

 

El retenedor en IRNR

Para evitar incumplimientos o deudas tributarias, se establece la obligación por parte del pagador de retener el importe proporcional de este impuesto de la renta. En caso de incumplimiento se convertiría en responsable subsidiario del contribuyente.

En cuanto al domicilio fiscal de los no residentes, se establece como el lugar donde realice su trabajo y la gestión administrativa en España.

 

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Impuesto de la Renta durante la maternidad

Una de las pocas medidas gubernamentales para favorecer el aumento demográfico, se trata de una ayuda fiscal para las madres. Se trata de una devolución del Impuesto de la Renta cotizado durante la maternidad.

Devolución del IRPF por maternidad

La legislación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) recoge, tras la sentencia del Tribunal Supremo, la devolución del IRPF cobrado por la prestación por maternidad. Tendrán derecho a acogerse las madres o padres, que han cobrado la prestación por maternidad desde 2014 en adelante. Deben ser trabajadores/ras por cuenta propia o ajena. Los ingresos anuales declarados deben estar por encima de los 14.000€ anuales, habiendo disfrutado de alguna o las 16 semanas del permiso. El o los hijos causantes deben ser nacidos o adoptados en territorio español entre los años 2014 al 2017.

imagen devolucion renta maternidad
Tramite para reclamar la devolución del IRPF

Proceso de devolución IRPF

Desde diciembre de 2018 el Ministerio de Hacienda puso en marcha la devolución del IRPF para contribuyentes que pueden acogerse a la sentencia del Tribunal Supremo. La sentencia obliga a devolver unas cantidades cobradas indebidamente. En caso de ingresos anuales por debajo de 14.000€, no se habrán aplicado esas retenciones. Por lo tanto no habrá derecho a devolución. Aún así en caso de duda es pertinente consultar a un profesional. Para solicitar la devolución solo habrá que indicar la fecha de nacimiento y un número de cuenta corriente donde recibir el ingreso. Para este trámite disponemos de un formulario.

Descarga el formulario Aquí

La sentencia no especifica si estas devoluciones afectan a los padres en el mismo supuesto. Sin embargo la interpretación de la Seguridad Social es aplicarlo para ambos, de hecho han dejado de aplicar las retenciones a los padres. Además, en los listados presentados por la Agencia Tributaria aparecen nombres de hombres como mujeres.

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